SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0403/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0403/2013-L

Fecha: 28-May-2013

II.3.

II.3. Por edicto 013/2011 de 13 de julio, suscrito por la Actuaria del Juzgado de Instrucción Primero Mixto de Bermejo, se tiene la disposición de citar a la accionante con la demanda, memoriales y resoluciones judiciales dentro del proceso penal precedentemente referido, constando en dicho edicto un resumen de la imputación formal y con la resolución judicial de 7 de igual mes y año, en la que se señaló audiencia de medidas cautelares para el 20 de dicho mes y año a horas 9:50, suscrito por Rubén Conde Limachi, Juez Primero de Instrucción Mixto de Bermejo. En el reverso de dicho edicto, se señala que el Fiscal codemandado, recogió el referido edicto el 15 del citado mes y año. A continuación, consta un sello en el que se indica que la accionante fue notificada el 20 de dicho mes y año a horas 8:15, con documentos de “fs. 11” e imputación formal de fs. “9 a 10” (fs. 1 y vta.).