SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0403/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0403/2013-L

Fecha: 28-May-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante denuncia que las autoridades demandadas lesionaron sus derechos a la libertad, a la defensa, al debido proceso en su elemento a la fundamentación de Resoluciones, al trabajo y a la garantía de la seguridad jurídica, por cuanto, en base a una imputación formal no fundamentada, emitida dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de estafa, el Juez a quo llevó a cabo la audiencia de 20 de julio de 2011, sin haberla previamente notificado con la imputación formal, mediante los edictos dispuestos, sino que fue aprehendida por el Fiscal de la causa en otro caso y en mérito a ello fue conducida al Juzgado del referido Juez, donde la notificaron quince minutos antes de que comience la audiencia de medidas cautelares, en medio de la cual se le otorgó diez minutos a efectos de preparar su defensa. A pesar de todo ello, sin haber podido presentar prueba de descargo, el Juez a quo dictó el Auto Interlocutorio la fecha indicada por el que se le impuso la medida cautelar de detención preventiva aplicando los arts. 234.1, 2, 6, 8 y 10; y, 235.1 y 2 del CPP. Posteriormente, los Vocales demandados, dispusieron señalar audiencia de apelación incidental para el 2 de septiembre de igual año; es decir, cuando pasaron cuarenta días del plazo previsto por el art. 251 del citado Código; y, a pesar de las solicitudes expresas de la accionante, no ordenaron su traslado de la cárcel de Bermejo, donde guarda detención, a la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, argumentando que era suficiente la participación de sus abogados defensores en la referida audiencia. Finalmente, resolvieron sin fundamento, la confirmación casi total de la aplicación de las medidas cautelares y sin lugar al agravio argüido en el incidente de nulidad de citación.