SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0533/2013
Fecha: 08-May-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, alega la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa y a la “seguridad jurídica”, toda vez que han transcurrido más de seis años, un mes y diez días desde el inicio del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, ideológica, uso de instrumento falsificado, estafa y estelionato, sin que exista sentencia, no obstante que su persona no ha realizado ningún acto procesal que hubiere provocado la dilación del proceso; por el contrario, tanto el Ministerio Público como el acusador particular abandonaron el proceso sin dar ninguna explicación, razón ni fundamento, pues no produjeron pruebas como era su responsabilidad, tampoco realizaron ninguna actuación procesal tendiente a probar sus acusaciones, provocando con esa inacción dilaciones indebidas y mora procesal no atribuibles a su voluntad. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3. La inobservancia de los plazos procesales constituye vulneración al debido proceso y es por ende susceptible de tutela a través de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 15
- Solicitud de extinción de la acción penal
- Auto de 15 de septiembre de 2011, dictado por el Tribunal de Sentencia de Montero
- Fragmento 18
- Apelación incidental del Ministerio Público
- i)
- denegar