Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2013
Fecha: 21-May-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, alega la vulneración del derecho a la defensa y a la impugnación, ya que dentro del proceso administrativo instaurado contra su persona, asumió defensa a través de su apoderado, el cual se apersonó a efectos procesales ulteriores; sin embargo, la autoridad sumariante mediante Auto de 24 de agosto de 2012, rechazó el recurso de revocatoria con el argumento de que Isidro Alanes Coaquira no acreditó su personería para representar a Inocencia Perales Quinteros, en razón a que el testimonio de poder 122/2012, admite su personería para la tramitación del proceso administrativo en la etapa sumarial y no así en la fase de impugnación, situación que considera atentatoria a sus derechos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- III.3. El derecho a la defensa y la impugnación de las resoluciones sancionatorias administrativas
- toda actividad sancionadora del Estado, sea en el ámbito jurisdiccional o administrativo, debe ser impuesta previo proceso, en el que se respeten todos los derechos inherentes a la garantía del debido proceso, entre los cuales se encuentra el derecho a la defensa
- Fragmento 18
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR