SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2013

Fecha: 27-May-2013

II.5.

II.5.  A través de la Resolución 691/2012 de 5 de noviembre, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, rechazó la cesación a la detención preventiva, argumentando que: i) No se cumplieron las exigencias señaladas en el art. 239 del CPP, ya que los tipos penales que se atribuyen merecen pena de privativa de libertad, en el caso del delito de legitimación de ganancias ilícitas, de cinco a diez años, y en el del delito de uso indebido de influencias, de tres a ocho años; y, ii) No se aportaron elementos de convicción idóneos para establecer otros elementos que ameriten dar curso a la cesación a la detención preventiva.