Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0646/2013
Fecha: 28-May-2013
II.6.
II.6. El 11 de junio de 2012, Cecilio Selwin Guarachi Ferrufino, mediante memorial dirigido a la Jueza de Instrucción Mixta de la provincia Hernando Siles con asiento en Huacareta, en representación de Tecla Calderón Alba y Elizabeth Gareca Aguirre, acreditó su personería mediante poder especial 38/2012 de 4 de junio, para estar en derecho dentro del proceso sumario de desocupación y entrega de bien inmueble (fs. 72 a 76).
- Eliseo Calderón Alba, Elizabeth Gareca Aguirre
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- i)
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.
- III.3. Sobre el debido proceso
- es necesario concluir recalcando que este derecho fundamental no se satisface solamente con el cumplimiento mecánico de las reglas formales, sino que tiene una naturaleza protectora de fondo, es decir, que si bien es importante el tratar de que se logre el objetivo de llevar adelante un proceso -sea este administrativo o judicial- sin errores formales, es aun más importante, si cabe el término, el velar por un orden justo, o mejor dicho en otras palabras, velar por la justicia material.
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR