Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0652/2013
Fecha: 29-May-2013
II.4.
II.4. A su turno, los Jueces similares Tercero, Cuarto, Quinto y Sexto, mediante Autos de 13, 14, 17 y 18 de agosto de 2004, respectivamente, de igual forma se apartaron del conocimiento del proceso, excusándose por la causal contenida en el art. 3.5 de la LAPCAF (fs. 408 vta., 410 vta., 411 vta. y 414), enviando el expediente al Juzgado siguiente en número.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Principio de inmediatez del amparo constitucional
- III.2. Denegatoria del amparo constitucional por actos consentidos libre y expresamente
- III.3. Aplicación conjunta de la teoría de los actos consentidos y del principio de inmediatez
- III.4. Análisis del caso concreto
- denegado
- POR TANTO