La fundamentación mediante la técnica de la distinción jurisprudencial de la SCP 0998/2012 de 5 de septiembre, para problemáticas vinculadas con Pueblos y Naciones Indígena originario campesinos;
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La fundamentación mediante la técnica de la distinción jurisprudencial de la SCP 0998/2012 de 5 de septiembre, para problemáticas vinculadas con Pueblos y Naciones Indígena originario campesinos;

Fecha: 17-Jun-2013

b)

b) Asimismo, es imperante señalar que en el Fundamento Jurídico 4.3 del presente voto disidente, se señaló que en relación a denuncias referentes a vías de hecho que pudieren afectar el derecho a la propiedad y vinculadas a Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos, considerando que la propiedad en contextos interculturales, debe ser interpretada de acuerdo a pautas que respondan a la estructura y cosmovisión de las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos, deben ser analizados específicamente y en cada caso concreto a la luz de pautas específicas de interpretación intercultural de derechos, como ser el paradigma del vivir bien, desarrollado en la SCP 1422/2012 de 24 de septiembre, o el paradigma de la favorabilidad para las mujeres y minoridad disciplinado mediante el presente voto disidente, en ese contexto, tal como se señaló en el inciso a) del presente fundamento jurídico, al haber determinado que a la Comunidad de San Juan se le aplicará el art. 1.I inc. b) del Convenio 169 de la OIT, en el caso concreto, deberá analizarse la problemática a la luz del paradigma de favorabilidad para las mujeres y minoridad.