La fundamentación mediante la técnica de la distinción jurisprudencial de la SCP 0998/2012 de 5 de septiembre, para problemáticas vinculadas con Pueblos y Naciones Indígena originario campesinos;
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La fundamentación mediante la técnica de la distinción jurisprudencial de la SCP 0998/2012 de 5 de septiembre, para problemáticas vinculadas con Pueblos y Naciones Indígena originario campesinos;

Fecha: 17-Jun-2013

por tanto, si bien las

Asimismo, en el mismo Fundamento Jurídico, se señaló que el vivir bien como fin esencial del Estado Plurinacional de Bolivia, como valor supremo de éste y como principio rector del orden socio-jurídico establecido, irradia de contenido todos los ámbitos de la vida social, por tanto, esa irradiación a contextos interculturales, debe asegurar inequívocamente una protección reforzada a las mujeres y la minoridad, por tanto, si bien las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos, son titulares del derecho a la libre determinación, derecho a partir del cual, pueden emitir decisiones que de acuerdo al pluralismo, la interculturalidad y la descolonización desarrolladas en el Fundamento Jurídico 4.1 del presente voto disidente merecen ser respetadas; sin embargo, no es menos cierto que dichas decisiones, para ser armónicas con el vivir bien, no pueden afectar derechos de la minoridad, como el de una vida digna exenta de actos violentos contrarios a su integridad física o emocional.