Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2013-L
Fecha: 03-Jun-2013
II.9.
II.9. Resolución 512/11 de 28 de mayo de 2011, pronunciado por Ángel Aruquipa Chui y Blanca Isabel Alarcón de Villarroel, Presidente y Vocal respectivamente de la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declarando improcedentes las cuestiones planteadas en el recurso de apelación, en consecuencia, confirmó la Sentencia 7/2010 (fs. 117 a 120).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- conceda
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercer interesado
- denegó
- I.3. Consideraciones de sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional
- Fragmento 19
- III.2. La acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- III.3.
- III.4
- CONFIRMAR