SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0512/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0512/2013-L

Fecha: 18-Jun-2013

III.8.2.3.  Presupuestos constitucionales para la participación ciudadana

El Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, es integrador y articulador de los propósito comunes para una Bolivia democrática, precisamente, el  preámbulo de la Constitución Política del Estado, a tiempo de referirse a este y otros temas, destaca el basamento fundamental del Estado, inspirado en el respeto e igualdad, con preeminencia de la búsqueda del vivir bien, que para el caso se entiende mediante el respeto a la pluralidad política y cultural de los habitantes. Así, también, plantea cual propósito, el avance hacia una Bolivia democrática, comprometida con el desarrollo integral y la libre determinación de los pueblos.

El texto constitucional, asume un modelo de Estado, que descrito como está ab initio, propugna la democracia, la pluralidad y el pluralismo político, en el marco de un proceso integrador del país, garantizando la libre determinación en el marco de la unidad del Estado, con derecho a la autonomía, a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones y a la consolidación de sus entidades territoriales, conforme a la propia Constitución Política del Estado y la ley; sin exclusión alguna, en Bolivia está conformada por la totalidad de las y los bolivianos, las naciones y pueblos indígenas originario campesinos y las comunidades interculturales y afrobolivianas que en conjunto constituyen el pueblo boliviano.

El principio de soberanía del Estado, es inalienable e imprescriptible, se encuentra constitucionalmente previsto en cuanto reside en el pueblo y porque se ejerce de forma directa y delegada, caso último que permite el desarrollo de las funciones y atribuciones de los órganos del poder público. Precisamente, uno de los fines y funciones esenciales del Estado, es garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes reconocidos y consagrados por la Constitución Política del Estado, acorde con la democracia intercultural en su forma directa y participativa, a su vez, mediante la iniciativa legislativa ciudadana.