SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0512/2013-L
Fecha: 18-Jun-2013
III.8.2.4. Presupuestos legales para la participación ciudadana
De la Democracia Intercultural, cuyos principios se encuentran expuestos en el art. 2 de la Ley del Régimen Electoral (LRE), se extrae el de participación y control social, que reconoce a las y los bolivianos de manera individual o como organizaciones de la sociedad civil, el derecho a participar en la supervisión, vigilancia y control del cumplimiento de los procedimientos para el ejercicio de la propia democracia intercultural.
Precisamente, el art. 61 de la LMAD, establece que para la vigencia del Estatuto de los departamentos que accedieron a la autonomía en el referendo del 2 de julio de 2006, la Asamblea Departamental deberá adecuar sus estatutos a la Constitución Política del Estado por dos tercios del total de sus miembros y sujetarlos a control de constitucionalidad. La importancia de la adecuación antes señalada, radica tanto en el procedimiento a seguir para tal fin como en el contenido mismo del Estatuto Departamental, que en los términos dispuestos por el art. 60 de la LMAD, significa tratar una norma institucional básica de la entidad territorial autónoma departamental, cuya naturaleza es rígida, de cumplimiento estricto y contenido pactado, porque para ser parte integrante del ordenamiento jurídico, debe expresar la voluntad de sus habitantes, definir sus derechos y deberes, establecer instituciones políticas de las entidades territoriales autónomas, sus competencias, financiación y procedimientos, entre otros elementos de contenido previstos por el art. 62 de la citada LMAD.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de
- III.2. Del debido proceso
- III.3.
- III.4. Del derecho de petición
- III.5. Del derecho al ejercicio y control del poder político, a la organización con fines de participación política y al ejercicio de la función pública
- La concurrencia de mecanismos de participación ciudadana en el ejercicio del poder y en los asuntos públicos, tienden a acercar el Estado al pueblo, anteriormente
- Por su parte, el derecho a ejercer la función pública, se encuentra íntimamente ligado al derecho a la ciudadanía, consagrado en el art. 144 de la CPE, derecho que tiene doble dimensión, por cuanto por un lado consiste en el derecho de concurrir como elector o como elegible y por otro, es el derecho al ejercicio de funciones en los órganos de la administración pública, salvo las excepciones establecidas por ley, sin más requisitos que los contenidos en el art. 234 de la Norma Suprema.
- consiste 'En el derecho a ejercer funciones públicas, sin otro requisito que la idoneidad, salvo las excepciones establecidas por Ley', mandato que consagra la prerrogativa que tiene todo ciudadano, de poder ser elegido o designado para el ejercicio de funciones públicas, previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que califiquen su idoneidad, o de los procedimientos democráticos electivos para el caso de servidores
- protección a dicho derecho implica que la persona esté en posibilidad de cumplir una labor en condiciones dignas y justas. Por lo tanto, el impedir desempeñarse a una persona en el cargo para el cual ha sido electa o designada, o el alterarle de cualquier manera el correcto desarrollo de sus funciones, afectan gravemente su derecho a ejercer esa función pública, y también el derecho al trabajo; ya que éste consiste en: '…la potestad y facultad que tiene toda persona a encontrar y mantener una ocupación que le permita asegurar su propia subsistencia y la de
- III.6.
- III.7.
- a)
- III.8.2.1. Por no
- III.8.2.2. Por la aprobación de la Resolución 028/2011 del procedimiento de adecuación con mayoría absoluta y no por dos tercios de los miembros de la instancia legislativa departamental
- III.8.2.3. Presupuestos constitucionales para la participación ciudadana
- III.8.2.4. Presupuestos legales para la participación ciudadana
- III.8.2.5. Consideraciones para la participación ciudadana en la adecuación del Estatuto Autonómico Departamental.
- Fragmento 36
- III.8.3. En cuanto al derecho de petición
- III.8.4. En cuanto al derecho a la igualdad
- CONFIRMAR