Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0539/2013-L
Fecha: 25-Jun-2013
II.2.
II.2. Por nota de 8 de junio de 2011, Inés Carola Añez Chávez solicitó al Directorio del SINEC la conformación de Tribunal calificador y cumplimiento de normas, manifestando que al haber sido su persona la única que se presentó a la convocatoria y que a ocho días de haber vencido el plazo de la misma, aún no se conformaba el Tribunal, lo que vulneraria el art. 13 del Reglamento de Concurso de Méritos y Examen de Competencia (fs. 4).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Jurisprudencia constitucional, referida a la protección que se debe brindar a la orden de conminatoria de reincorporación dispuesta por las Jefaturas Departamentales de Trabajo
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR