SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0539/2013-L
Fecha: 25-Jun-2013
II.4.
II.4. Verónica Paola Negrete Aguirre, Presidenta de Directorio del SINEC, por nota P.D. SINEC Of 35/11 de 22 de junio, pone a consideración de Inés Carola Añez Chávez, copia del acta de reunión de concurso de méritos y presentación de monografía -llevado a cabo el 16 de junio de 2011; en la cual obtuvo la calificación de 95, insinuándole hacer conocer su aceptación al cargo de Gerenta General; en atención a la misma, mediante carta del 30 del mismo mes y año, la accionante dio a conocer su conformidad, ante lo cual la Jefatura de Recursos Humanos (RR.HH) emitió la circular C.I. RR.HH. 005/11 de 29 de junio de 2011, por el cual se invitó a todo el personal al acto de posesión de las nuevas autoridades en los cargos de Gerencia General y Gerencia Médica para el viernes 1 de julio de 2011, a horas 17:00 (fs. 9 a 12 y 13 a 14).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Jurisprudencia constitucional, referida a la protección que se debe brindar a la orden de conminatoria de reincorporación dispuesta por las Jefaturas Departamentales de Trabajo
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR