SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0539/2013-L
Fecha: 25-Jun-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega que las autoridades demandadas, han vulnerado sus derechos al trabajo y a la estabilidad laboral, por cuanto sin que medie causa justificada alguna, tras ser posesionada en el cargo de Gerenta General del SINEC estando en cumplimiento de funciones, el 11 de julio de 2011, al constituirse a sus oficinas, se encontró con que las mismas fueron allanadas y cambiadas las cerraduras de ingreso por disposición del Directorio de la referida institución pública, sin que antes le hubiesen comunicado alguna decisión escrita y pese haber presentado varias notas para que cesen tales actos arbitrarios, no obtuvo resultado alguno, constituyendo así una destitución ilegal, por lo que se vio obligada a denunciar tales eventos a la Jefatura Departamental de Trabajo, instancia que previos los intentos de conciliación, mediante Oficio JDTSC/CONM/RL. 051/2011 de 22 de julio, conminó al Directorio del SINEC Santa Cruz a restituirla en el mismo cargo, más el pago de sus salarios devengados; empero, dicha conminatoria fue incumplida, con el argumento de haberse advertido supuestas irregularidades en la presentación de documentos para la Convocatoria Pública 006/2011 de 28 de abril.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Jurisprudencia constitucional, referida a la protección que se debe brindar a la orden de conminatoria de reincorporación dispuesta por las Jefaturas Departamentales de Trabajo
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR