Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0560/2013-L
Fecha: 28-Jun-2013
II.6.
II.6. La empresa Huawei Technologies (BOLIVIA) S.R.L., por escrito de 10 de mayo de 2011, presentado en la “Corte Superior del Distrito de La Paz”, argumentando que María Esther Estévez Villazón, causó un grave daño económico a la empresa, por incumplir sus funciones, impugnó la Conminatoria J.D.T.L.P./D.S. 0495/JSG/ 037/2011, solicitando sea dejada sin efecto, en cuyo trámite el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, por Resolución 101/2011 de 4 de junio, se declaró incompetente para conocer la demanda, ordenando el archivo de obrados (fs. 138 a 143, y 208 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Jurisprudencia constitucional, referida a la protección que se debe brindar a la orden de conminatoria de reincorporación dispuesta por las Jefaturas Departamentales de Trabajo
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- 2º