SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0570/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0570/2013-L

Fecha: 28-Jun-2013

II.6.

II.6.    La accionante por medio de su representante y abogado, el 21 de enero de 2011, ante la Gerencia General de Impuestos Nacionales Regional Potosí, solicitó extinción de la obligación tributaria por el transcurso del tiempo, aplicando el Código Tributario Abrogado; puesto que, el Código Tributario Boliviano actual en su Disposición Transitoria Primera refiere: “Las obligaciones tributarias cuyos hechos generadores hubieran acaecido antes de la vigencia de la Ley N° 2492 se sujetarán a las disposiciones sobre prescripción contempladas en la Ley N° 1340 de 28 de mayo de 1992 y la Ley N° 1990 de 28 de julio de 1999”; dicha petición mereció el Auto 25000006511 de 11 de febrero de 2011, mediante el cual, el Jefe de Departamento Técnico Jurídico, aplicando la ley vigente, resolvió rechazar la solicitud de extinción por prescripción, disponiéndose las medidas de ejecución tributaria (fs. 23 a 26.).