SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0586/2013-L
Fecha: 28-Jun-2013
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Santos Aguilar Serrano -hoy accionante-, Marco Severich Miranda y Román Quispe Mamani, por la supuesta comisión de los delitos de tráfico de sustancias controladas y “otros”; el Tribunal Primero de Sentencia Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de Cochabamba, dictó la Sentencia 26/2007 de 1 de septiembre, declarando al primero de los nombrados autor y culpable de la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, agravado por asociación delictuosa, ilícitos previstos y sancionados en los arts. 48 inc. m), 33 y 53 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (L1008), condenándolo a la pena de veinte años de presidio a cumplir en el penal de “El Abra”, más una multa de quinientos días, a razón de Bs1.- (un boliviano) por día (fs. 85 a 91).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 14
- III.2.
- Fragmento 16
- III.3.1. Sobre la extinción de la acción penal
- Fragmento 18
- 2º