SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0589/2013-L
Fecha: 28-Jun-2013
Fragmento 20
Dentro de la problemática planteada, el accionante, por intermedio de su representante entiende como vulnerados sus derechos a la libertad, a la libre locomoción, al trabajo, al debido proceso y a la “seguridad jurídica”; debido a que los Vocales demandados, dictaron la Resolución 84/2011, en la que confirmaron la Resolución 249/11, de forma ultrapetita, pues desconocieron lo previsto por el art. 398 del CPP, y modificaron las medidas sustitutivas a la detención que se le impusieron, sin considerar que la parte querellante en su recurso de apelación, no cumplió con lo que dispone el art. 404 del CPP, por cuanto el mismo no estaba debidamente fundamentado en la expresión de agravios sufridos, tampoco ofrecieron pruebas y menos existía un petitorio concreto de revocatoria o modificación de las medidas referidas, no obstante que le permitieron en audiencia de consideración de dicha apelación, plantear argumentos que jamás fueron expuestos en su memorial, así como ofrecer pruebas, con las cuales se lo dejó en estado de indefensión. En virtud a estos argumentos, solicita que se conceda la tutela, y en consecuencia se disponga dejar firme y subsistente en todas sus partes la Resolución 249/11 y por ende se deje sin efecto la modificación que se realizó por parte de los demandados a las medidas sustitutivas que se le impusieron.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 4
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 14
- III.2. Derecho a la libertad y a la libre locomoción
- III.3. El debido proceso en materia penal
- III.4. M
- no siendo extensible dicha facultad a los Tribunales de apelación, al encontrarse vinculados a lo previsto en el art. 398 del CPP, no pudiendo extender su determinación más allá de lo impugnado
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.6. Análisis del caso concreto