SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0589/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0589/2013-L

Fecha: 28-Jun-2013

Fragmento 20

Dentro de la problemática planteada, el accionante, por intermedio de su representante entiende como vulnerados sus derechos a la libertad, a la libre locomoción, al trabajo, al debido proceso y a la “seguridad jurídica”; debido a que los Vocales demandados, dictaron la Resolución 84/2011, en la que confirmaron la Resolución 249/11, de forma ultrapetita, pues desconocieron lo previsto por el art. 398 del CPP, y modificaron las medidas sustitutivas a la detención que se le impusieron, sin considerar que la parte querellante en su recurso de apelación, no cumplió con lo que dispone el art. 404 del CPP, por cuanto el mismo no estaba debidamente fundamentado en la expresión de agravios sufridos, tampoco ofrecieron pruebas y menos existía un petitorio concreto de revocatoria o modificación  de las medidas referidas, no obstante que le permitieron en audiencia de consideración de dicha apelación, plantear argumentos que jamás fueron expuestos en su memorial, así como ofrecer pruebas, con las cuales se lo dejó en estado de indefensión. En virtud a estos argumentos, solicita que se conceda la tutela, y en consecuencia se disponga dejar firme y subsistente en todas sus partes la Resolución 249/11 y por ende se deje sin efecto la modificación que se realizó por parte de los demandados a las medidas sustitutivas que se le impusieron.