SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0701/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0701/2013

Fecha: 03-Jun-2013

b)

b) Sobre las obligaciones que el obligado aduce tener, la juzgadora, refirió que: “…cabe señalar que aquéllas no fueron debidamente acreditadas por éste, por cuanto el documento que data del año 2006 hace referencia a un préstamo de dinero de Bs1 800.- por el plazo de 6 meses, razón por la cual dicha obligación al momento de la interposición del incidente ya habría sido cancelada, habiéndose demostrado únicamente un crédito con la Cooperativa Inca Huasi con un pago mensual de Bs 222.- crédito que por afirmación de sus propios testigos tuvo como destino el pago de los trámites para la obtención de su título en provisión nacional -situación que el obligado niega-, razón por la cual esta obligación que resulta ser la única que tiene el obligado, no puede repercutir en perjuicio de los intereses de los hijos beneficiados. Cabe hacer notar además que la resolución impugnada refiere un supuesto tercer crédito con Zenón Choque Ríos, aspecto que no es evidente porque dicho documento está referido a un contrato de alquiler que la demandante habría suscrito con dicho señor” (sic).