Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0760/2013
Fecha: 07-Jun-2013
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Los accionantes consideran lesionado su derecho a la educación arts. 77.1, 80.1, 82.1, 91.2 de la Constitución Política del Estado (CPE), 13.1 del Protocolo de San Salvador, 13.1 del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y 12 de la Declaración Americana de los Derechos del Hombre (DUDH); derecho al debido proceso en sus vertientes de derecho a la defensa (Arts. 115.2 y 117.I de la CPE) y derecho a la motivación de las decisiones de las autoridades públicas; derecho a la petición y derecho a la igualdad jurídica, estos dos últimos conforme el tenor de la ampliación de fundamentación de fs. 219 a 223 vta.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a) Carlos Abel Macuchapi Mamani
- b) Roberto Laura Blanco
- c) Ariel Oliver Mosquera Sejas
- d) Rómulo Pablo Yujra Mamani
- e) Eddy Flavio Ramírez Núñez
- f) Kevin Alexis Prado Flores
- 1)
- i)
- a)
- 3)
- 4)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la Acción de Amparo Constitucional
- III.2. El derecho a la educación
- , mejorando el nivel de vida y siendo útil a la sociedad,
- ii)
- III.4. Los actos libremente consentidos como causal de improcedencia
- III.5. Análisis del caso concreto
- a) Sobre las vulneraciones argumentadas en relación al debido proceso en sus vertientes de derecho a la defensa y motivación suficiente de las resoluciones.
- b) Sobre las vulneraciones alegadas en relación al derecho de petición y a la igualdad jurídica
- c) Sobre las supuestas vulneraciones al derecho a la educación