SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0760/2013
Fecha: 07-Jun-2013
III.2. El derecho a la educación
Este derecho, tiene su correlato en el deber que el art. 9.5 de la CPE, impone al Estado de garantizar “…el acceso a la educación, a la salud y el trabajo”, congruente con el art. 82.I de la CPE: “El Estado garantizará el acceso a la educación y la permanencia de todas las ciudadanas y los ciudadanos en condiciones de plena igualdad” y 77.I: “La educación constituye una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado, que tiene la obligación indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla”.
En el marco del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), en su art. 26.1, establece: “Toda persona tiene derecho a la educación (…) la instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos”.
En este marco, el art. 13.1 del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, dispone: “Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a la educación. Convienen en que la educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales. Convienen asimismo en que la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y entre todos los grupos raciales, étnicos o religiosos, y promover las actividades de las Naciones Unidas en pro del mantenimiento de la paz”.
En lo referente a la educación superior, el art. 91 de la CPE, establece: “I. La educación superior desarrolla procesos de formación profesional, de generación y divulgación de conocimientos orientados al desarrollo integral de la sociedad, para locual tomará en cuenta los conocimientos universales y los saberes colectivos de lasnaciones y pueblos indígena originario campesinos; II. La educación superior es intracultural, intercultural y plurilingüe, y tiene por misión la formación integral de recursos humanos con alta calificación y competencia profesional; desarrollar procesos de investigación científica para resolver problemas de la base productiva y de su entorno social; promover políticas de extensión einteracción social para fortalecer la diversidad científica, cultural y lingüística; participar junto a su pueblo en todos los procesos de liberación social, para construir una sociedad con mayor equidad y justicia social;
En consonancia con el numeral III del artículo arriba descrito, la Ley Avelino Siñani reconoce en el inciso d) de su art. 55 a las “Universidades de Régimen Especial” y entre estas, el art. 61 inc. b) del mismo cuerpo legal reconoce a la Universidad Policial, la cual, conforme al art. 63 de la misma Ley, tiene las siguientes características y objetivos: “I. La Universidad Policial es de régimen especial por su carácter policial y estáal servicio del pueblo, es parte del Sistema Educativo Plurinacional, formaprofesionales para garantizar la seguridad interna del país.
II. Son objetivos de la Universidad Policial: a) Impartir formación policial con visión integral de Patria en todo elterritorio del Estado Plurinacional, eliminando toda forma dediscriminación en la admisión y los procesos formativos. b) Formar profesionales policías que cumplan su misión constitucional y funciones de auxilio, prevención e investigación, que protejan,respeten y garanticen los derechos humanos en cumplimiento de laConstitución Política del Estado, su Ley Orgánica y Reglamentos. c) Formar profesionales policiales con vocación democrática, principioséticos y morales, eficientes y honestos al servicio del pueblo y del Estado Plurinacional. d) Desarrollar programas de capacitación y actualización permanente depolicías orientados a su profesionalización en todos los rangos para unservicio social eficiente, dichos programas serán de desarrolloexclusivo de la Universidad Policial”.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a) Carlos Abel Macuchapi Mamani
- b) Roberto Laura Blanco
- c) Ariel Oliver Mosquera Sejas
- d) Rómulo Pablo Yujra Mamani
- e) Eddy Flavio Ramírez Núñez
- f) Kevin Alexis Prado Flores
- 1)
- i)
- a)
- 3)
- 4)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la Acción de Amparo Constitucional
- III.2. El derecho a la educación
- , mejorando el nivel de vida y siendo útil a la sociedad,
- ii)
- III.4. Los actos libremente consentidos como causal de improcedencia
- III.5. Análisis del caso concreto
- a) Sobre las vulneraciones argumentadas en relación al debido proceso en sus vertientes de derecho a la defensa y motivación suficiente de las resoluciones.
- b) Sobre las vulneraciones alegadas en relación al derecho de petición y a la igualdad jurídica
- c) Sobre las supuestas vulneraciones al derecho a la educación