Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0781/2013
Fecha: 10-Jun-2013
II.1.
II.1. Por Resolución de 23 de septiembre de 2003, la Jueza Tercera de Instrucción en lo Civil del departamento de Tarija, María Ximena Echeverría Aráoz, declaró con lugar la demanda del proceso ejecutivo contra COINCA Ltda., disponiendo la continuación de los procedimientos ejecutivos hasta tanto la demandada Cooperativa no haya cumplido el pago a la actora del capital adeudado ($us7 000.-), más intereses convenidos. Con dicha Sentencia se notificó a los ejecutados el 30 de igual mes y año (fs. 34, 35 y 36 del anexo).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- b)
- d)
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La revisión de la actividad interpretativa - valorativa de otras jurisdicciones a través de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 18
- CONFIRMAR