SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0781/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0781/2013

Fecha: 10-Jun-2013

II.9.

II.9.  Por Auto de Vista 12/2012 de 3 de agosto, Horacio Paredes Carranza, Juez Sexto de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Tarija -ahora codemandado-, “…confirmó parcialmente el auto interlocutorio de fs. 85 -85 Vta. de obrados, con la modificación de que la obligación asumida en el primer documento privado de préstamo de fs. 1-2 no queda extinguida por novación, sino que ante el desistimiento tácito a la ejecución de sentencia por la suscripción del documento privado de Fs. 55-56, corresponde decretar el Archivo de obrados de la presente causa ejecutiva, con el correspondiente levantamiento y/o cancelación de los embargos ejecutivos ordenados y dejando expresa constancia que el acreedor podrá accionar nuevamente en la vía ejecutiva para exigir el cumplimiento de la obligación original cuando el plazo contractual estipulado y convenido en el segundo documento se encuentre vencido (14/05/13)” (fs. 131 a 133 vta. del anexo).