SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0781/2013
Fecha: 10-Jun-2013
II.4.
II.4. Documento privado firmado el 14 de mayo de 2008, suscrito entre el accionante y los representantes legales de COINCA Ltda., en su calidad de deudores, entre otros, pactaron en la cláusula segunda que el deudor se comprometía a cancelar la suma de $us7 000.-, en el plazo de cinco años a partir de la suscripción de dicho documento; en la cláusula cuarta en cuanto a los intereses, por acuerdo mutuo entre partes, señaló que los deudores al cumplimiento del plazo estarían obligados únicamente a la devolución del capital y el acreedor renunció al cobro de cualquier tipo de interés legal o convencional; asimismo en la cláusula quinta estableció que el acreedor se comprometió a no iniciar ningún proceso judicial contra la Cooperativa para la recuperación de su crédito mientras no se cumpla el plazo establecido en el presente documento (fs. 57 y vta. del anexo).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- b)
- d)
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La revisión de la actividad interpretativa - valorativa de otras jurisdicciones a través de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 18
- CONFIRMAR