Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0781/2013
Fecha: 10-Jun-2013
II.6.
II.6. Por Auto de 9 de mayo de 2012, el Juez Tercero de Instrucción en lo Civil del departamento de Tarija ahora codemandado, resolvió: “…DECLARAR PROBADO EN PARTE el incidente planteado respecto a la aplicabilidad del nuevo contrato de obligación, disponiendo la extinción de la obligación inicial por novación de una nueva obligación, y sea con los efectos que prevé el Art. 354 del Cód. Civil, por el cual subsistirá la garantía real señalada en la cláusula tercera del citado documento; quedando extinguida las demás garantías que se hayan obtenido en el curso de la presente causa…” (fs. 86 y vta. del anexo).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- b)
- d)
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La revisión de la actividad interpretativa - valorativa de otras jurisdicciones a través de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 18
- CONFIRMAR