SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0808/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0808/2013

Fecha: 11-Jun-2013

II.2.

II.2.  El 27 de octubre de 2010, el accionante fue notificado en Secretaría de la Gerencia Regional de Santa Cruz de la Aduana Nacional de Bolivia con la Resolución Sancionatoria AN-PSUZF-RS-20/2010, mediante la cual se declaró probada la comisión de contravención aduanera por contrabando y se dispuso lo siguiente: a) En aplicación al “numeral II del art. 181 del CTB”, el pago del cien por ciento (100%), del valor de la mercancía objeto de contrabando, al consignatario José Gonzalo Eid Hidalgo, valor que asciende a la suma de UFV's 752 439,03.-( setecientos cincuenta y dos mil cuatrocientos treinta y nueve 03/100 Unidades de Fomento a la Vivienda); b) Se impone la multa prevista en el art. 181 del CTB, pago de UFV's376 219,515.- (trescientos setenta y seis mil doscientos diecinueve 515/100 Unidades de Fomento a la Vivienda), equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor de la mercancía en sustitución del decomiso del medio o unidad de transporte a la empresa Expresso Trans Bolivia Ltda.; y, c) Comunicar las determinaciones contenidas en la presente Resolución Sancionatoria a la Gerencia Nacional de Fiscalización de la Aduana Nacional de Bolivia para que en esa instancia se adopten las medidas pertinentes (fs. 435 a 436).