SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0908/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0908/2013

Fecha: 20-Jun-2013

Fragmento 17

         El razonamiento anterior, responde y armoniza con las normas de orden internacional citadas anteriormente, por cuanto las mismas no exigen la existencia de mecanismos de protección que tenga una naturaleza exclusivamente constitucional, mas al contrario, el espíritu de dichas disposiciones normativas radica en que el Estado instituya los respectivos recursos, con la única condición que estos sean idóneos y efectivos en la protección del derecho a la libertad de las personas, de ahí que la acción de libertad, de manera excepcional, es subsidiaria.