Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0908/2013
Fecha: 20-Jun-2013
Fragmento 19
La norma procesal de referencia, faculta a la autoridad Fiscal ordenar la aprehensión del encausado, cuando considere que su presencia es necesaria en la investigación, que tenga suficientes elementos de convicción que permitan sostener que el sujeto es autor o partícipe de un hecho ilícito de orden público y, que a su vez, existan los peligros procesales contemplados en los arts. 234 y 235 del CPP, previa acreditación de dichos presupuestos, opera la aprehensión del encausado, con la única condición imperativa de remitirse al aprehendido ante la autoridad jurisdiccional, en el plazo previsto en la última parte de la norma citada anteriormente.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- iii)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- 4)
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- 1° REVOCAR
- 3° Ordenar