Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0938/2013
Fecha: 24-Jun-2013
II.4.
II.4. Mediante memorial de 21 de septiembre de 2005, y previamente a que se publicaran los edictos, el hoy accionante se apersonó nuevamente al proceso, anunciando el patrocinio de un nuevo abogado. Asimismo, una vez que tomó conocimiento de la Sentencia, el 22 del mismo mes y año, presentó el respectivo recurso de apelación contra la misma; habiéndose concedido el recurso en el efecto suspensivo, mediante Auto de 11 de enero de 2006 (fs. 471 y vta., 473 a 475 vta., y 479).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- b)
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho al debido proceso invocado por el accionante
- III.2. El derecho a la defensa, como elemento esencial del derecho al debido proceso
- III.3. El derecho de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva
- 1.
- el derecho de acceso a la justicia
- Por lo expuesto, la decisión de las autoridades recurridas de no dar trámite al recurso de apelación, privando a los ejecutados (representados de la recurrente) de la posibilidad de controvertir una decisión con la que discrepan,
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2º