Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0938/2013
Fecha: 24-Jun-2013
Por lo expuesto, la decisión de las autoridades recurridas de no dar trámite al recurso de apelación, privando a los ejecutados (representados de la recurrente) de la posibilidad de controvertir una decisión con la que discrepan,
Por lo expuesto, la decisión de las autoridades recurridas de no dar trámite al recurso de apelación, privando a los ejecutados (representados de la recurrente) de la posibilidad de controvertir una decisión con la que discrepan, vulneró su derecho al debido proceso en sus elementos del derecho a la defensa, a recurrir del fallo judicial ante el superior en grado, pues se produjo una afectación de los derechos procesales de aquéllos, por cuanto se les denegó el acceso a la justicia, circunstancia ésta que no puede ser desconocida por este Tribunal Constitucional, y que debe repararse” (las negrillas nos corresponden).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- b)
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho al debido proceso invocado por el accionante
- III.2. El derecho a la defensa, como elemento esencial del derecho al debido proceso
- III.3. El derecho de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva
- 1.
- el derecho de acceso a la justicia
- Por lo expuesto, la decisión de las autoridades recurridas de no dar trámite al recurso de apelación, privando a los ejecutados (representados de la recurrente) de la posibilidad de controvertir una decisión con la que discrepan,
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2º