SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0962/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0962/2013

Fecha: 27-Jun-2013

i)

En uso del derecho a dúplica, la parte demandada refirió que: i) La accionante aceptó el despido forzoso, según el art. 16 de la Ley General del Trabajo (LGT), el cual ella conocía, aceptó y firmó; además, consta el cobro del cheque por el que se considera concluida la relación laboral, así como el pago total de sus beneficios sociales; y, ii) La accionante en ningún momento ha interpuesto alguna acción posterior dando su conformidad con el pago, como se puede ver en los informes realizados por el Inspector de Trabajo.