Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0980/2013
Fecha: 27-Jun-2013
a)
Solicitan se conceda la tutela que impetra, disponiendo: a) Dejar sin efecto legal los Autos definitivo 134/2012 de 4 de mayo y de Vista 15/2012 de 5 de septiembre, emitidos por las autoridades judiciales codemandadas, ordenando se dicten nuevas resoluciones debidamente fundamentadas conforme a la Ley Fundamental; y, b) Dejar sin efecto cualquier liquidación de asistencia familiar realizada en base a los Autos impugnados, debiendo procederse a la elaboración de una nueva efectuada en base a los fallos a dictarse.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El deber de fundamentación y motivación de las resoluciones
- cabe señalar que la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo, pudiendo ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiéndose expresar las convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR