SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0986/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0986/2013

Fecha: 27-Jun-2013

III.3.3. Respecto al Auto Supremo de 13 de agosto de 2012

Del detenido estudio de la demanda, se constata que respecto de la precitada Resolución, el accionante refiere que no consideró y menos valoró la confesión judicial espontánea, realizada por el demandante Richard Genge sobre la pertenencia verdadera de los dineros reclamados y la persona a quien fue entregado; agregando más adelante, que existe falta de pronunciamiento del Auto Supremo sobre la confesión judicial espontánea del demandante, dado que a su decir, en el Auto Supremo 244/2012 de 13 de agosto, “…los Magistrados demandados se refieren al argumento de la CONFESIÓN JUDICIAL ESPONTÁNEA presentada en el recurso de casación, limitándose simplemente a realizar una fundamentación con relación a que el demandante Richard Genge tenía la personería para plantear la demanda, sin siguiera mencionar el interrogatorio y el escrito de los alegatos del demandante” (sic), lo que alega que vulneró el debido proceso, “…ya que es deber de toda autoridad fundamentar y motivar toda resolución..” (sic).

Los extremos desarrollados precedentemente, encuadran el ámbito en el que se desarrollará el análisis del contenido del Auto Supremo, limitándose a la falta de motivación, fin para el cual, es necesario revisar los aspectos impugnados en el memorial de asación para luego verificar si los cuestionamientos insertos en él satisficieron todos los puntos demandados, expresando las convicciones determinativas que justifican razonablemente la decisión; cumpliendo con las exigencias establecidas vía jurisprudencial, en resguardo del debido proceso.