Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1015/2013
Fecha: 27-Jun-2013
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Estima lesionados sus derechos a la defensa, al debido proceso, a los principios de irretroactividad de la ley y de la seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 23, 109, 115.II, 116.I.II, 119.II, 123, 124 y 180 de la CPE; art. 8 y 25 del Pacto de San José de Costa Rica y 14.3 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió en parte
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Fundamentación y motivación de las Resoluciones
- deben inexcusablemente resolver todos los puntos apelados o puestos en consideración, así como todas y cada una de las irregularidades denunciadas, pues solo así las partes conocerán los motivos o razones que llevaron al tribunal a tomar esa decisión,
- III.3. La valoración de la prueba a través de la justicia constitucional
- III.4. La irretroactividad de la ley penal.
- resolución
- III.5.2.Con relación a la valoración de la prueba
- III.5.3.La aplicación retroactiva de la ley penal