SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1015/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1015/2013

Fecha: 27-Jun-2013

II.3.

II.3.   Por Resolución 167/2012 de 21 de mayo, los Vocales de la Sala Penal Primera admitiendo recurso, declararon la improcedencia de los fundamentos expuestos en dicho recurso y, confirmaron la Resolución impugnada, arguyendo que, para la extinción de la acción penal es necesaria la emisión de una resolución judicial expresa expedida por autoridad competente, en el presente caso la apelante no ha demostrado que el proceso penal haya transcurrido más de cinco años por ello no es posible aquella excepción, ya que el requisito es demostrar con prueba el transcurso del tiempo (fs. 5 a 6 vta.).