Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1020/2013
Fecha: 27-Jun-2013
I.1.3. Petitorio
Solicita se admita la demanda y concediéndose la tutela se declare “procedente” disponiendo la revocatoria del Auto de Vista 161/2012, debiendo emitirse una nueva resolución tomando en cuenta rigurosamente el régimen de la cesación a la detención preventiva; asimismo, amparado en los arts. 100 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP) y 34 del Código Procesal Constitucional (CPCo), solicitó como medida cautelar, dejar en suspenso la ejecución del Auto de Vista 161/2012.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La razonable valoración de las pruebas, motivación y fundamentación como elementos constitutivos del debido proceso y como requisitos de validez de las decisiones judiciales
- III.3.De la tutela judicial efectiva
- III.4.Análisis en el caso concreto
- 2° Anular
- 3º