SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1023/2013
Fecha: 27-Jun-2013
i)
Boris “Gheyson” Gonzáles Zuna, tercero interesado a través de su abogado, en audiencia refirió que: i) No se deben mezclar dos demandas; una en la que él fue imputado el 9 de septiembre de 2010, y en la segunda toda la familia, que son Rosario Zuna Puente, Jessica Rosario, Jenifer Indira, Fructuoso Mario Gonzáles y Rigoberto Vargas; ii) Boris “Gheyson” Gonzáles Zuna está casado con la hija de los accionantes y tienen un hijo, que es nieto de ellos, presentándose las fotocopias de los certificados respectivos; iii) Se ha demostrado con certificados médicos y radiografías que a Boris Gonzáles Zuna, lo maltrataron; iv) Existe una denuncia de la hija de los accionantes por la violencia que ellos ejercían contra ella para forzar a que se aleje de él; y, v) El sobreseimiento se efectuó con un sano criterio; y desde el 9 de abril de 2011, hasta el 25 de marzo de 2013, ha transcurrido mucho tiempo por lo que no corresponde la presente acción.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- ratifica el requerimiento conclusivo de sobreseimiento de fecha 24 de enero de 2012,
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2
- b.1)
- b.2)
- b.3)
- c)
- para vivir bien
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22
- ratificó el requerimiento conclusivo de sobreseimiento de fecha 24 de enero de 2012,
- concedido