SENTENIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0790/2013
Fecha: 11-Jun-2013
d) De la lesión al derecho al trabajo
Este derecho invocado, que se considera infringido por el hecho de haber sido suspendido por ocho días sin goce de haberes, sanción que fue impuesta en la Resolución final de sumario, y que de acuerdo al memorial de la presente acción, sería la consecuencia del vulneratorio proceso que se le siguió; pero este derecho tampoco fue reclamado en ninguno de los recursos administrativos que formuló el representante, por lo que es aplicable la jurisprudencia consolidada que refiere al principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional, y es que al no haber utilizado los recursos mediatos que tenía para realizar un reclamo oportuno, el Tribunal Constitucional Plurinacional se encuentra impedido de realizar el análisis sobre este derecho.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso: Elementos que lo componen
- III.2. De la motivación en las resoluciones
- exponga de forma clara las razones determinativas que justifican su decisión
- III.3. Análisis del caso concreto
- a) Del motivo del proceso administrativo y la lesión al debido proceso
- b) Sobre la falta de motivación e incongruencia en las resoluciones emitidas dentro del proceso
- c) Sobre la constitución del Tribunal Sumariante
- d) De la lesión al derecho al trabajo
- CONFIRMAR