SENTENIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0790/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0790/2013

Fecha: 11-Jun-2013

denegó

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 06/2013 de 6 de febrero, cursante de fs. 107 a 108 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) Finalizada la investigación de la FELCC, para dar con los autores del hecho y ante la recomendación expresa del informe conclusivo y de acuerdo a la ley interna de la institución, se habría dispuesto el inicio de proceso administrativo contra Freddy Wilmer Méndez Merino, los miembros del Tribunal Sumariante fueron elegidos de la lista que contiene la Resolución de Gerencia General 001/2012 de 2 de enero, todo esto de acuerdo al Reglamento Interno de la CSBP; ii) La autoridad Regional de la señalada Caja de Salud, en uso de sus facultades y atribuciones ha constituido el Tribunal Sumariante, del mismo modo el merituado Tribunal, en aplicación de su normativa interna emitió la Resolución 001/08/2012, y sanciona al ahora accionante en el marco del art. 12 inc. e) del Reglamento de Sumario Administrativo por contravenir al art. 138 del “RABOS” e incumplir el “Numeral II (funciones) punto 18, numeral IV (Responsabilidad por Recursos) punto 4” de su manual de Cargos, es decir que los miembros del Tribunal Sumariante actuaron de acuerdo a las disposiciones que rigen el proceso administrativo de la CSBP; iii) El accionante en ningún momento estuvo en indefensión porque participó en todas las etapas llegando al recurso jerárquico, habiéndose dado del mismo modo respuesta a cada uno de ellos de manera fundamentada; y, iv) Tampoco se vulneró el derecho al trabajo, toda vez que se trata de una suspensión por ocho días.