Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0622/2013-L
Fecha: 08-Jul-2013
II.2.
II.2. Denuncia sobre el tráfico de ganado y otros productos de 26 de septiembre de 2011, enviado por Federico Casanova, Presidente de la OTB comunidad Nueva Esperanza, en la que denuncia la existencia de un puente sobre el rio Rapirran que conecta Bolivia con Brasil, por donde realizan contrabando de ganado vacuno y otros productos (fs. 14).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- i)
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de
- Toda persona tiene derecho al uso y goce de sus bienes
- es un derecho real que atribuye a su titular un poder jurídico pleno sobre una cosa material determinada con sujeción a los límites y directrices establecidos por la ley
- Mecanismos de defensa judicial que la ley le reconoce. Respecto de este último punto, para poder acceder a los mecanismos de defensa judicial franqueados por la ley en resguardo de este derecho, el justiciable deberá acreditar de la mejor forma su derecho, no siendo suficiente el alegar ser el titular del mismo
- III.3. Marco normativo vigente del SENASAG para casos de internación involuntaria de animales
- III.4. Análisis del caso concreto
- retornados
- CONFIRMAR