SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0699/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0699/2013-L

Fecha: 19-Jul-2013

II.3.

II.3.     Por memorial de 11 de agosto de 2011, el accionante, solicitó al Juez Primero de Instrucción en lo Penal -ahora codemandado-, cesación de la detención preventiva, protestando presentar prueba documental y testifical en audiencia (fs. 94 y vta.); sin embargo, ante la falta de las mismas, en la audiencia de consideración de dicha cesación del 29 del citado mes y año, el referido Juez, dispuso la suspensión de la misma (fs. 95 a 97); es así que el accionante, mediante memorial presentado el 30 del indicado mes y año, dirigido al Juez codemandado, ofreció prueba documental consistente en muestras fotográficas; Resolución de 4 de agosto de 2011; fotocopias legalizadas del certificado del Servicio Departamental de Salud (SEDES) de 18 del mes y año referidos; requerimiento fiscal de 19 de julio del citado año; certificados de antecedentes policiales y judiciales, certificación de inmueble de 29 de junio de 2011, entre otros; así como la testifical de Zacarías Serrano y María Cristina Sánchez Daza (fs. 98 a 99); empero, la solicitud de cesación fue rechazada por Auto de 6 de septiembre de ese año, en razón a que no se desvirtuaron los motivos que fundaron la medida excepcional (fs. 136 a 138 vta.).