SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1168/2013
Fecha: 30-Jul-2013
DECLARA EXPRESAMENTE EJECUTORIADA DICHA RESOLUCIÓN
Sus compañeros le “prestaron” documentación, y sobre la base de esos datos, interpuso recurso de revocatoria contra la Resolución injusta que dispuso su destitución, sin que haya sido resuelto en el fondo; el Sumariante, mediante Auto de 17 de septiembre de 2012, sostuvo que: “habiendo notificado a todos los sumariados con la resolución administrativa 196/2012, al haberse presentado recurso de revocatoria fuera de plazo, se DECLARA EXPRESAMENTE EJECUTORIADA DICHA RESOLUCIÓN…”(sic); sin considerar que no existe ningún plazo que se dejó vencer, pues no existe en el mismo en el Reglamento Tipo de COMIBOL y el proceso administrativo no se halla sujeto al Decreto Supremo (DS) 23318-A de 3 de noviembre de 1992, y sus modificaciones, además, que no fue notificada con la RA 196/2012.
- a)
- DECLARA EXPRESAMENTE EJECUTORIADA DICHA RESOLUCIÓN
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- III.2. La subsidiariedad como causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- 5.
- las vulneraciones a los derechos fundamentales deben ser reparadas ante las instancias donde se produjo el acto lesivo; es decir, ante la autoridad donde se originó el hecho conculcador; agotadas las mismas y de persistir la lesión, el afectado se encuentra habilitado para activar la justicia constitucional a través de esta acción tutelar
- III.3. Las vías de impugnación existentes frente a despidos injustificados de trabajadores sujetos a la Ley General del Trabajo
- III.
- VII.
- IX.
- III.4. Análisis del caso concreto
- en las condiciones establecidas por la Ley General del Trabajo, su Decreto Reglamentario y disposiciones laborales en actual vigencia
- CONFIRMAR