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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0767/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0767/2013-L

    Fecha: 01-Ago-2013

    III.6. Del principio de favorabilidad en el Código de Procedimiento Penal

    El Código de Procedimiento Penal en su art. 7 prescribe: “(Aplicación de medidas cautelares y restrictivas) La aplicación de medidas cautelares establecidas en este Código será excepcional. Cuando exista duda en la aplicación de una medida cautelar o de otras disposiciones que restrinjan derechos o facultades del imputado, deberá estarse a lo que sea más favorable a éste”.

    • acción de libertad
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
    • ;
    • Fragmento 15
    • III.2. Sobre la identidad de sujeto, objeto y causa en la acción de libertad
    • III.3.
    • III.4. Del debido proceso y la acción de libertad
    • III.5. De la concurrencia de requisitos para la detención preventiva dispuesta por el Código de Procedimiento Penal y de la cesación de la misma
    • III.6. Del principio de favorabilidad en el Código de Procedimiento Penal
    • III.7.
    • III.8. De los demás derechos y principios presuntamente vulnerados
    • III.9. De los efectos de la presente Resolución y su modulación
    • 1º  REVOCAR en parte
    • 2º
    • 3º

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