SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0818/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0818/2013-L

Fecha: 09-Ago-2013

II.5.

II.5.      Por Auto final de proceso disciplinario, Resolución 02/11 de 11 de marzo de 2011, emitida por el Tribunal Disciplinario del Distrito de Educación de Charaña del departamento de La Paz, dentro del proceso disciplinario seguido en contra del accionante, como docente de la Unidad Educativa Jalsuri del mismo Distrito, por haberse establecido responsabilidad por la comisión de faltas graves en el ejercicio de sus funciones, habiéndose llevado a acabo declaración informativa del ahora accionante y presentado pruebas documentales y testificales por parte del mismo; así como pruebas de parte del denunciante sobre el abuso deshonesto a la niña AA, así como certificación de antecedentes del accionante emitidos por la Jefatura Policial de Charaña, sobre malos tratos, agresión verbal y otros; así como sobre extorsión de Bs2 000.- (dos mil bolivianos) que el accionante efectuó a Félix Llusco Mamani y que posteriormente devolvió en presencia de autoridades originarias del ayllu Copacati y juntas escolares; por cuanto se determinó sancionar al ahora accionante con el retiro definitivo del ejercicio del magisterio, en cumplimiento al art. 13 inc. c) del Reglamento de Faltas y Sanciones, refiriendo asimismo, que esta resolución sería elevada ante la Dirección Departamental de Educación de La Paz, “en grado de revisión incluyendo los obrados correspondientes, de conformidad al art. 31 del DS 23968 del 24 de febrero de 1995, sin recurso ulterior” (sic) (fs. 19 a 21).