SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0823/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0823/2013-L

Fecha: 09-Ago-2013

Fragmento 26

         Por su lado, la jurisprudencia constitucional, a través de la SCP 0047/2013 de 11 de enero, refiere: “La acción de amparo constitucional, es un medio de tutela inmediata, eficaz e idónea para los derechos y garantías constitucionales, frente a las amenazas o restricciones ilegales o indebidas de sus autoridades públicas o personas particulares, por ello se constituye en una acción de defensa de carácter extraordinario y subsidiario, cuya activación está sujeta al cumplimiento de requisitos y presupuestos procesales entre los cuales se encuentra la legitimación activa, la cual según la jurisprudencia constitucional: ´…implica que debe existir una relación directa entre el recurrente y el derecho que se invoca como violado, en función del interés personal que tiene quien pide el Amparo´. (SC 1261/2001-R de 28 de noviembre).