SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0823/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0823/2013-L

Fecha: 09-Ago-2013

III.4. De la modulación de los efectos de la presente demanda

         En aplicación de los principios de previsibilidad y de seguridad jurídica, el Tribunal Constitucional Plurinacional se encuentra facultado para modular los efectos de las resoluciones constitucionales, tomando en cuenta para ello la forma de resolución de concesión o denegación de la acción impetrada y que las mismas deben ejecutarse inmediatamente; por ello, y en mérito a una interpretación previsora a la que está sujeta la jurisdicción constitucional, corresponde modular los efectos del presente fallo, por la existencia de la inicial concesión parcial que pudo haber generado efectos, los cuales hoy podrían verse afectados, máxime si desde la interposición de la acción de amparo constitucional, a la fecha, transcurrieron casi dos años, sin que el presente caso haya sido resuelto por razones no imputables a las partes, ni a este Tribunal.