Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0823/2013-L
Fecha: 09-Ago-2013
II.2.
II.2. Por memorial de 12 de marzo de 2010, Adhemar Domínguez Tuero, como apoderado de Bergman Domínguez Tuero, reiteró la solicitud de habilitación para el pago de declaración única de importación, respecto de un lote de doce vehículos que ingresaron al recinto de aduana interior de Campo Pajoso, consignado a nombre de su representado; señalando que acompañaba prueba al efecto (fs. 464 a 465).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.18.
- II.19.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 26
- III.2. De la legitimación activa en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. De la modulación de los efectos de la presente demanda
- 1º REVOCAR
- 2º