SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0897/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0897/2013-L

Fecha: 19-Ago-2013

II.5.

II.5.  Por Auto de 18 de agosto de 2011, el Director Ejecutivo de la AAPS, otorgó diez días a las partes para que presenten pruebas de cargo y descargo (fs. 9). Posteriormente, mediante Resolución Administrativa Regulatoria AAPS 799/2011 de 22 de septiembre, la AAPS declaró procedente la denuncia efectuada por el accionante al ser los servicios de agua potable y alcantarillado un derecho humano de acceso universal, indicando que la parte demandada, debería instalar este servicio al accionante (fs. 10 a 11).