SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0956/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0956/2013-L

Fecha: 27-Ago-2013

Fragmento 26

         Asimismo, la SCP 2184/2012 de 8 de noviembre, indicó que es posible ingresar a revisar la calidad de cosa juzgada, que cuando: “El Estado Constitucional de Derecho, sustenta sus postulados en la vigencia plena de derechos fundamentales, por tanto, desde esta perspectiva, debe señalarse que en caso de existir vulneración a derechos fundamentales, las decisiones jurisdiccionales no adquieren calidad de cosa juzgada, aspecto acorde a la teleología de la Constitución Axiomática.